La extinción de dominio es un tema que va relacionado con la expropiación, la única diferencia es que en uno se indemniza y en el otro no. Es un tema que el jefe de Gobierno ha impulsado ¿Cuáles son los beneficios de esta ley y cuál fue el proceso de análisis para su aplicación?

Se trata de un modelo que se retomó de Colombia, pues en México no había a nivel constitucional una figura como ésta y el gobierno de la ciudad utilizó la expropiación.

A diferencia de la extinción de dominio, en la expropiación sí se paga indemnización; hubo una reforma al artículo 21 constitucional para que esta figura sea pr

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